Ley de protección integral de la mujer para prevenir, sancionar y erradicar la violencia en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales
La ley 26.485 ha venido a terminar con una deuda hacia la mujer. Hasta ahora la defensa de sus derechos debía realizarse mediante la interpretación de principios generales aplicados al caso específico. Ahora, con esta ley, existe una norma precisa y clara que amparará a la mujer de todo tipo de violencia interpersonal.
Objeto de la ley
Esta ley tiene por finalidad promover y garantizar:
a) La eliminación de la discriminación entre mujeres y varones en todos los órdenes de la vida;
b) El derecho de las mujeres a vivir una vida sin violencia;
c) Las condiciones aptas para sensibilizar y prevenir, sancionar y erradicar la discriminación y la violencia contra las mujeres en cualquiera de sus manifestaciones y ámbitos;
d) El desarrollo de políticas públicas de carácter interinstitucional sobre violencia contra las mujeres; 1947)
e) La remoción de patrones socioculturales que promueven y sostienen la desigualdad de género y las relaciones de poder sobre las mujeres;
f) El acceso a la justicia de las mujeres que padecen violencia;
g) La asistencia integral a las mujeres que padecen violencia en las áreas estatales y privadas que realicen actividades programáticas destinadas a las mujeres y/o en los servicios especializados de violencia.

