Correo electrónico con firma digital
En cuanto a la aptitud probatoria de las constancias de correo electrónico, debe destacarse que, a partir de la ley 25.506, el correo electrónico ocupa un lugar preminente en materia de prueba. El valor probatorio de los documentos con firma digital es equiparable al de los instrumentos privados. En consecuencia, se presume la autoría e integridad del mensaje, correspondiendo a la otra parte destruir tales presunciones. Continue reading “El email y su valor como prueba en juicio”