El abandono voluntario y malicioso
El abandono del hogar conyugal, como causal de divorcio, requiere de la existencia de dos requisitos: uno objetivo o material, y otro subjetivo. El primero consiste en el alejamiento físico; dejar de cohabitar con el cónyuge. El segundo consiste en la deliberada intención de dejar de cohabitar con él y dejar de prestarle asistencia. Por lo tanto no deben existir causas atendibles y ajenas a la voluntad del que lo comete, ni haber premeditación con el propósito de eludir los deberes y responsabilidades recíprocas que el vínculo impone.